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Manual REPSE 2025 – Guía Práctica para el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados

Actualizado: 28/04/2025

Manual REPSE 2025 – Guía Práctica para el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados

Esta guía ofrece un recorrido detallado por el marco normativo y operativo del REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados), incluyendo requisitos de inscripción, proceso, obligaciones posteriores y sanciones por incumplimiento, basado en la Reforma Laboral 2021 y regulaciones vigentes en México.

1. ¿Qué es el REPSE?

El REPSE es el registro administrado por el SAT en el cual deben inscribirse las personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas ajenas al objeto social y actividad económica preponderante del contratante, conforme a la Ley Federal del Trabajo.

2. Sujetos Obligados

  • Empresas o personas físicas que ofrezcan servicios especializados.
  • Contratistas de obras especializadas distintas al objeto social del cliente.
  • Prestadores de servicios que deseen facturar legalmente bajo este esquema.

3. Requisitos de Inscripción

  • Estar al corriente en obligaciones fiscales y de seguridad social (SAT, IMSS e INFONAVIT).
  • Contar con e.firma vigente.
  • Completar la solicitud en línea del REPSE en el portal del SAT.
  • Contar con la documentación necesaria digitalizada en formato PDF.

4. Documentación Necesaria

  • Acta constitutiva con objeto social detallado.
  • Poder notarial del representante legal.
  • Constancia de RFC vigente.
  • Opinión de cumplimiento positiva del SAT, IMSS e INFONAVIT.

5. Proceso de Registro en Línea

  1. Ingresar al portal oficial del REPSE en el sitio del SAT.
  2. Autenticarse con e.firma o Contraseña del SAT.
  3. Llenar datos generales y seleccionar actividades especializadas.
  4. Adjuntar los documentos digitalizados.
  5. Enviar solicitud y descargar el acuse de recepción.
  6. Esperar la resolución y obtener el registro REPSE con Código QR (vigente por 2 años).

6. Renovación y Actualización de Datos

El registro REPSE debe renovarse cada 2 años. Cambios como domicilio fiscal, representante legal u objeto social deben notificarse en un plazo máximo de 30 días naturales.

7. Obligaciones Posteriores

  • Actualizar cambios relevantes ante el REPSE.
  • Incluir el número de registro en contratos y facturas.
  • Presentar informes periódicos ante IMSS e INFONAVIT, detallando contratos celebrados.
  • Conservar constancia de registro vigente durante toda la relación contractual.

8. Sanciones por Incumplimiento

  • Multas de entre 50 y 750 UMA por incumplimiento de registro o reporte.
  • Imposibilidad de deducir pagos hechos a prestadores no registrados en REPSE.
  • Revocación del registro REPSE en caso de incumplimientos graves.

9. Preguntas Frecuentes

¿Se puede registrar más de una actividad en el REPSE?
Sí, se pueden registrar múltiples actividades especializadas que correspondan al objeto social del proveedor.
¿Qué pasa si no renuevo a tiempo mi REPSE?
El registro pierde vigencia y no podrás operar legalmente como prestador de servicios especializados.
¿Cómo se obtiene la Opinión de Cumplimiento Fiscal?
Puede solicitarse gratuitamente a través del portal del SAT, en la sección “Opinión de Cumplimiento”.

10. Recursos y Enlaces Útiles